Las tarjetas de crédito y débito son extraordinariamente cómodas cuando se trata de realizar pagos, ya sea de forma presencial o a través de Internet. La cuestión es que disponer de ellas también puede llevar aparejados unos gastos extras que no tienen lugar en caso de utilizar dinero en efectivo. Nos estamos refiriendo a las comisiones de las tarjetas.
Afortunadamente, hoy en día, es relativamente sencillo conseguir disponer de una tarjeta de crédito de una forma prácticamente gratuita. Obviamente, estamos hablando de las típicas comisiones de mantenimiento o renovación.
No obstante, hay otras muchas circunstancias en las que deberemos pagar comisiones obligatoriamente. Además, determinadas tarjetas implican un coste de mantenimiento obligatorio del que no es posible eximirse. Por todo ello, te recomendamos conocer cuáles son las comisiones establecidas para tus tarjetas de crédito. De esa forma, podrás evitar sorpresas desagradables a fin de mes e incluso evitar gastos innecesarios.
Cuota de emisión y renovación
Como su propio nombre indica, esta cuota se aplica en el momento en que la tarjeta es emitida, así como cuando llega el momento de renovarla.
Muchos bancos eximen a sus clientes del pago de este tipo de cuotas, siempre y cuando cumplían con determinadas condiciones. A menudo, consiste en domiciliar una nómina, pensión o ingreso equivalente. En otras ocasiones, basta con mantener en la cuenta vinculada un saldo medio superior a cierto importe. Finalmente, también existe la opción de realizar un número mínimo de operaciones al mes o al año, para lograr la exención de esta cuota.
Cuota de mantenimiento
La cuota de mantenimiento es incluso más habitual que las anteriores. En este caso, se suele cobrar una vez al año, con independencia que sea necesario renovar la tarjeta o no.
Al igual que en el caso anterior, muchas entidades eximen del pago de esta cuota siempre que se cumpla con las condiciones ejemplificadas en el anterior apartado.
Comisión por duplicado de tarjeta
También es posible que debamos pagar una cuota o comisión en caso de solicitar un duplicado de la tarjeta. Normalmente, en caso de que el duplicado se solicite como consecuencia del robo de la tarjeta, dicha cuota se condona, siempre y cuando, se presente un justificante de la denuncia realizada ante la policía.
Comisión por reintegro de efectivo
Esta comisión se aplica cuando se lleva a cabo un reintegro a través de un cajero automático. Conviene distinguirla de la comisión por sacar dinero a crédito, lo cual sólo es posible con una tarjeta de crédito.
En este caso, es necesario utilizar la tarjeta de débito.
Actualmente, todos los bancos han eliminado la cuota por reintegro cuando la tarjeta se utiliza en uno de los cajeros de su red, o bien en los cajeros de aquellas entidades con las que se haya llegado a un acuerdo. Los criterios suelen basarse en el tipo de red oficial, por ejemplo 4B, Euro6000, etc.
Cuando se utiliza un cajero ajeno al de la propia entidad o de una red distinta, sí se ha de pagar una comisión cobrada por la propia red. Además, determinadas entidades comenzaron el año pasado a cobrar una comisión de alrededor de 2 euros a aquellas personas que, sin ser clientes, utilizasen sus cajeros automáticos.
Comisión por sacar dinero a crédito
Como decíamos hace un momento, para realizar esta operación es necesario utilizar una tarjeta de crédito, no sirven las de débito.
En lugar de realizar un reintegro contra el saldo de la cuenta vinculada, esta operación consiste en obtener dinero que se extrae del crédito de la propia tarjeta.
Debido a que el consumidor no paga comisiones cuando realiza pagos con tarjeta, podría llegar a la conclusión de que tampoco se le cobrará cuando saca dinero a crédito. Ésta es una creencia comprensible pero incorrecta.
Cuando se paga con tarjeta, los bancos sí que aplican una comisión pero quien la paga es el propio comerciante. Si el titular de la cuenta saca dinero a crédito de un cajero, entonces tendrá que ser él mismo quien pague dicha comisión.
Comisión por transferencia de fondos
Este caso es muy similar al anterior, con la particularidad de que el dinero no se saca de un cajero automático, sino que se deposita en la cuenta vinculada del titular de la tarjeta de crédito. Por lo demás, se trata de una operación de obtención de crédito y suele estar grabada con una comisión semejante a sacar dinero a crédito de un cajero.
Comisión por reintegro de efectivo en el extranjero
Se trata de un caso similar al anterior con el añadido de que la operación tiene lugar en un cajero situado en un país extranjero. Salvo contadas excepciones –como, por ejemplo, EVO Bank-, la mayor parte de las entidades cobran por llevar a cabo este tipo de reintegros.
Comisión por compras con divisa extranjera
Este tipo de comisión suele pasar muy desapercibida a los consumidores, dado que muchos bancos no la incluyen como tal en el extracto de la tarjeta.
En su lugar, la aplican sobre el cambio de divisa utilizado al convertir el importe de la divisa extranjera en euros; es decir, al cambio oficial le añaden un sobre coste y eso es lo que cobran en calidad de comisión. Debido a que el titular sólo ve las operaciones realizadas con la tarjeta ya convertidas en euros, no se percata de la aplicación de la comisión.
Otros costes que generan las tarjetas directa o indirectamente
Comisión por pago aplazado
En realidad, no se trata de una comisión per sé, sino de los intereses generados por el aplazamiento de la liquidación del crédito empleado. No obstante, entendemos que este artículo podría llevar a confusión si no hiciésemos alusión a este coste habitual.
Comisiones por descubierto y reclamación de impago
Si cuando se procede a la liquidación del crédito utilizado contra el saldo de la cuenta, el dinero disponible no es suficiente, el saldo pasa a ser negativo. Es lo que se conoce como un descubierto y lleva aparejadas cuantiosas comisiones que conviene evitar a toda costa.
En ese sentido, es siempre preferible proceder al aplazamiento o fraccionamiento de las compras realizadas con la tarjeta que entrar en “números rojos”. El coste será bastante inferior.